Acto clínico del profesional de la salud

Por Stevenson Marulanda Plata – Presidente Colegio Médico Colombiano Conjunto de prácticas y habilidades clínicas y humanitarias, determinadas y específicas: reconocidas, típicas y lícitas, ejecutadas


Por Stevenson Marulanda Plata – Presidente Colegio Médico Colombiano

Conjunto de prácticas y habilidades clínicas y humanitarias, determinadas y específicas: reconocidas, típicas y lícitas, ejecutadas y aplicadas apropiadamente y de manera íntima en un concreto y exacto momento, sobre la humanidad de una persona sana o enferma, bajo su pleno consentimiento o el de sus familiares, por un profesional sanitario idóneo —su fiel cuidador, servidor, protector, escudero y compañero hipocrático— como un medio cuya intención y voluntad van dirigidos a diagnosticar, pronosticar, curar, rehabilitar, aliviar, consolar, paliar o promover su estado de salud y prevenir potenciales enfermedades futuras, además de dar fortaleza psíquica y espiritual, según sean las circunstancia de modo, tiempo y lugar donde suceda el determinado acto del profesional de la salud.

Acto Médico.

Conjunto de prácticas y habilidades clínicas y humanitarias, determinadas y específicas: reconocidas, típicas y lícitas, ejecutadas y aplicadas apropiadamente y de manera íntima en un concreto y exacto momento, sobre la humanidad de una persona sana o enferma, bajo su pleno consentimiento o el de sus familiares, por un médico idóneo —su fiel cuidador, servidor, protector, escudero y compañero hipocrático— como un medio cuya intención y voluntad van dirigidos a diagnosticar, pronosticar, curar, rehabilitar, paliar o promover su estado de salud y prevenir potenciales enfermedades futuras, además de dar alivio, consuelo y fortaleza psíquica y espiritual, según sean las circunstancia de modo, tiempo y lugar donde suceda el determinado acto médico.

Lex artis ad hoc en salud o ley del arte en salud.

Es el corpus, conjunto, cadena o repertorio de actos clínicos de una determinada profesión de la salud, reconocidos por la comunidad internacional de las ciencias de la salud como apropiados y adecuados para diagnosticar, pronosticar, curar, rehabilitar, paliar o prevenir una enfermedad única y determinada, o, para promover el estado de salud de una persona o población previamente sanas, protegiéndolas de potenciales enfermedades futuras procurando mantenerlos sanos. Se refiere a una cierta valoración, sobre si la tarea ejecutada por un profesional de la salud es o no correcta, o se ajusta o no, al deber ser.

Lex artis ad hoc en medicina o ley del arte en medicina.

Es el corpus, conjunto, cadena o repertorio de actos médicos, reconocidos por la comunidad médica internacional como apropiados y adecuados para diagnosticar, pronosticar, curar, rehabilitar, paliar o prevenir una enfermedad única y determinada, o, para promover el estado de salud de una persona o población previamente sanas, protegiéndolas de potenciales enfermedades futuras procurando mantenerlos sanos. Se refiere a una cierta valoración, sobre si la tarea ejecutada por un médico es o no correcta, o se ajusta o no, al deber ser.

Relación: profesional de la salud – paciente.

Es aquella relación voluntaria y consensual, que existe entre una persona sana o enferma y un profesional de la salud, donde este último, como su fiel cuidador, servidor, protector, escudero y compañero hipocrático, aplica a la primera, bajo su pleno consentimiento informado o el de sus familiares, los apropiados y adecuados actos del profesional de la salud, acordes con la lex artis ad hoc en salud, como medios, cuya intención y voluntad van dirigidos a conseguir los siguientes fines: acompañar, atender, cuidar, servir, asistir, diagnosticar, pronosticar, curar, rehabilitar, paliar y promover su estado de salud previniendo potenciales enfermedades futuras procurando mantenerlo sano, además de dar alivio, consuelo y fortaleza espiritual en cada caso, según sean las circunstancia de modo, tiempo y lugar donde suceda dicha relación interpersonal.

Relación: médico – paciente.

Es aquella relación voluntaria y consensual, que existe entre una persona sana o enferma y un médico, donde este último, como su fiel cuidador, servidor, protector, escudero y compañero hipocrático, aplica a la primera, bajo su pleno consentimiento informado o el de sus familiares, los apropiados y adecuados actos médicos, acordes con la lex artis ad hoc en medicina, como medios, cuya intención y voluntad van dirigidos a conseguir los siguientes fines: acompañar, atender, cuidar, servir, asistir, diagnosticar, pronosticar, curar, rehabilitar, paliar y promover su estado de salud previniendo potenciales enfermedades futuras procurando mantenerlo sano, además de dar alivio, consuelo y fortaleza espiritual en cada caso, según sean las circunstancia de modo, tiempo y lugar donde suceda dicha relación interpersonal.

SOBRE MI

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STEVENSON MARULANDA

Soy médico de la Universidad Nacional de Colombia, especialista en Cirugía General y abogado de la Universidad Autónoma de Colombia. He dedicado mi vida a unir la precisión del cirujano con la sensibilidad del humanista, la técnica con la palabra, la ciencia con la conciencia.

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